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Elecciones

Simulador: ¿hay mayoría absoluta con las encuestas?

Media de 17 encuestas con el campo acabado desde el 06-10-2026; la más reciente, del 01-11-2026. Fuente no oficial: las publican los medios.

350escaños en el Congreso

Marca partidos en la lista para sumar un bloque.

  • Mayoría absoluta: 176

    Investidura en primera votación (art. 99.3) y leyes orgánicas (art. 81.2). Constitución, BOE
  • Reforma de la Constitución: 210

    Tres quintos de cada Cámara, también el Senado (art. 167.1). Constitución, BOE
  • Reforma total o agravada: 234

    Dos tercios de cada Cámara, también el Senado, con disolución de las Cortes (art. 168.1). Constitución, BOE

Para mover el voto de cada partido y sumar un bloque hace falta JavaScript. Aquí se ve el reparto con la media.

Suma de los porcentajes: 97,6 %. El resto, 2,4 %, son otros partidos o votos en blanco: en esta simulación no tienen escaños.

  • PP31,3 %130
  • PSOE26,7 %108
  • Vox19,2 %69
  • Sumar6,1 %8
  • Podemos2,3 %0
  • ERC2,1 %8
  • Junts1,4 %6
  • EH Bildu1,2 %7
  • PNV0,9 %4
  • BNG0,7 %2
  • CCa0,8 %3
  • UPN0,1 %0
  • Adelante Andalucía1,8 %3
  • SALF3,0 %2

Simulación de esta web, no una previsión: reparte los diputados de cada provincia con la ley d'Hondt (entran las listas con el 3 % de los votos de su provincia) y el voto de cada partido sube o baja en cada provincia en la misma proporción que en toda España frente a 2023. Las empresas usan modelos propios: por eso sus escaños no coinciden del todo. Los umbrales son los de la Constitución (texto consolidado del BOE): la mayoría absoluta de 176 del Congreso (artículo 99.3 para la investidura y 81.2 para las leyes orgánicas); tres quintos o 210 para reformarla (artículo 167.1); dos tercios o 234 para la reforma total o agravada (artículo 168.1). Una reforma necesita también el Senado: el 210 o el 234 del Congreso no bastan por sí solos. Por el artículo 167.2, el Congreso puede aprobar una reforma con dos tercios si el Senado la aprueba por mayoría absoluta; el 168 exige además disolver las Cortes y su ratificación por las nuevas Cortes.